Las elecciones a la Real Federación Andaluza de Golf próximas a finalizar tras dos conflictivos años
Mar, 18 Mar 2014
EL CADD desestima los recursos presentados, ordena la continuación del proceso y da traslado a la Fiscalía ante la gravedad de los hechos

Cada cuatro años, coincidiendo con la celebración de los Juegos Olímpicos (como en 2012), se celebran por imperativo legal, los procesos electorales de las federaciones deportivas, tanto estatales como autonómicas, que permiten la renovación democrática de los miembros de sus Asambleas Generales y de sus Presidentes. El desarrollo normal de estos procesos no supera los tres meses y medio, debiendo además finalizar el mismo año de su convocatoria.

 

Sin embargo, el proceso electoral de la Real Federación Andaluza de Golf (RFAG), que fue convocado el 2 de abril de 2012, aún hoy, a mediados de marzo de 2014, no ha finalizado, causando graves perjuicios en la gestión federativa.

 

Dicho proceso electoral ha sido calificado por el Comité Andaluz de Disciplina Deportiva (CADD), superior órgano  de la Junta de Andalucía en el control de legalidad sobre los procesos electorales federativos, y que actúa con total independencia en el ejercicio de sus funciones, al estar compuesto por nueve miembros propuestos por distintas entidades e instituciones, como “el que mayor problemática ha generado en toda la historia del deporte andaluz, estando absolutamente alejado su desarrollo de las pautas lógicas que requiere la debida convivencia de los integrantes de los entes asociativos”.

 

De hecho, este proceso electoral ha sido el único en el que se han tenido que repetir las votaciones a miembros de la Asamblea General por el estamento de deportistas, hasta en tres ocasiones (junio 2012, junio y noviembre de 2013), debido a la anulación de las dos primeras votaciones, ante el cúmulo de irregularidades acreditadas por el CADD en las mismas.

 

Tampoco ha estado exento de situaciones excepcionales y de conflictos el desarrollo de la tercera y última votación celebrada entre el 23 de noviembre y el 4 de diciembre de 2013: presencia como observadores (a solicitud de las dos candidaturas a la Presidencia) de hasta ocho funcionarios de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte; denuncias en los juzgados de guardia por usurpación de personalidad y falsificación documental; presencia de la Policía Nacional a requerimiento del Presidente de la Mesa Electoral para la expulsión de un interventor; presencia de la Policía Judicial por orden judicial para recoger un documento notarial de legitimación de firma; remisión a la Mesa Electoral de un correo electrónico por un notario reconociendo la comisión de 135 “errores materiales” en la documentación correspondientes al mismo número de votos; etc.

 

A pesar de todas estas graves incidencias y después de doce días de su inicio, el 4 de diciembre de 2013 finalizó la tercera votación. Tras la publicación de sus resultados, se interpusieron ante el CADD varios recursos contra la inadmisión por parte de la Mesa Electoral, y confirmada por la Comisión Electoral federativa, de los más de 400 votos que no disponían de legitimación notarial de firma válida conforme a la normativa reguladora de los procesos electorales federativos, ni al Reglamento Notarial; así como un escrito en relación con el correo electrónico remitido por el notario a la Mesa Electoral.

 

El pasado 3 de marzo  el CADD ha resuelto la desestimación de los  recursos presentados, levantando la suspensión cautelar dictada anteriormente y ha ordenado la  continuación del calendario electoral, lo que permitirá finalizar lo que queda de proceso en un plazo no superior a un mes.

 

Asimismo, ante la gravedad de los hechos citados anteriormente obrantes en el procedimiento, de los que pueden derivar la comisión de posibles delitos (falsedad documental, usurpación de personalidad) se acuerda dar traslado de los mismos a la Fiscalía.

La resolución de 3 de marzo de 2014 del CADD que está publicada en la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, así como en la web federativa; agota la vía administrativa, es ejecutiva y contra ella cabe interponer recurso contencioso administrativo o bien, recurso de reposición ante el propio CADD.

Real Federación Andaluza de Golf

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